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Comentarios en el Blue Board de este usuario
1 comentario
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inglés al español: Common Law -v- Civil Law General field: Jurídico/Patentes Detailed field: Derecho: (general)
Texto de origen - inglés Common law is generally uncodified. This means that there is no comprehensive compilation of legal rules and statutes. While common law does rely on some scattered statutes, which are legislative decisions, it is largely based on precedent, meaning the judicial decisions that have already been made in similar cases. These precedents are maintained over time through the records of the courts as well as historically documented in collections of case law known as yearbooks and law reports. The precedents to be applied in the decision of each new case are determined by the presiding judge. As a result, judges have an enormous role in shaping American and British law. Common law functions as an adversarial system, a contest between two opposing parties before a judge who moderates. A jury of ordinary people without legal training decides on the facts of the case. The judge then determines the appropriate sentence based on the jury’s verdict.
Civil Law, in contrast, is codified. Countries with civil law systems have comprehensive, continuously updated legal codes that specify all matters capable of being brought before a court, the applicable procedure, and the appropriate punishment for each offense. Such codes distinguish between different categories of law: substantive law establishes which acts are subject to criminal or civil prosecution; procedural law establishes how to determine whether a particular action constitutes a criminal act, and penal law establishes the appropriate penalty. In a civil law system, the judge’s role is to establish the facts of the case and to apply the provisions of the applicable code. Though the judge often brings the formal charges, investigates the matter, and decides on the case, he or she works within a framework established by a comprehensive, codified set of laws. The judge’s decision is consequently less crucial in shaping civil law than the decisions of legislators and legal scholars who draft and interpret the codes.
Traducción - español En general, el sistema de Common Law, no está codificado. Esto significa que no existe una recopilación exhaustiva de las normas jurídicas y de las leyes. Aunque se apoya en algunas leyes dispersas, las cuales son decisiones legislativas, el Common Law se basa en gran medida en el precedente, o sea las sentencias pronunciadas anteriormente en causas semejantes. Estos precedentes se van conservando, conforme transcurre el tiempo, en los registros de los tribunales y también quedan documentados históricamente en las colecciones de jurisprudencia, conocidas como anuarios y repertorios. El juez que preside en la causa es quien decide qué precedente se ha de aplicar para la resolución de cada nuevo caso. Como consecuencia, los jueces desempeñan un papel inmenso en la formación tanto del Derecho estadounidense como del británico. El Common Law funciona como un sistema contradictorio, o sea una contienda entre dos partes enfrentadas ante un juez que hace de moderador. Un jurado compuesto por ciudadanos comunes y corrientes, sin formación jurídica, se encarga de determinar los hechos del caso. Posteriormente, el juez decide la sentencia adecuada basándose en el veredicto del jurado.
A diferencia del Common Law, el Derecho civil está codificado. Los países con ordenamientos jurídicos de Derecho civil poseen códigos jurídicos exhaustivos que son actualizados de manera continua. Estos códigos detallan todos los asuntos susceptibles de iniciar una acción judicial, el procedimiento que se debe aplicar, y la pena adecuada para cada delito. Dichos códigos distinguen entre las diferentes categorías de Derecho: el Derecho sustantivo establece qué acciones corresponden a enjuiciamiento penal o civil; el Derecho procesal establece la manera de determinar si un hecho en particular constituye un delito, y el Derecho penal establece la pena adecuada. En el sistema de Derecho civil, el papel del juez es establecer los hechos del caso y aplicar las disposiciones del código que correspondan. Aunque sea el juez o la jueza quien presenta los cargos formales, investiga el asunto y pronuncia el fallo, el juez o la jueza actúa dentro de un marco establecido por un extenso conjunto de leyes codificadas. Por consiguiente, la decisión del juez es menos esencial en la formación del sistema de Derecho civil en comparación con las decisiones de los legisladores y los juristas que redactan e interpretan los códigos.
Master's degree - Master in Translation and Interpreting, University of New South Wales, Master in Drafting Legislation, Regulation and Policy (distinction), University of London, LLB(Hons) UTS, Sydney
Experiencia
Años de experiencia: 19 Registrado en ProZ.com: Jul 2005
inglés al español (National Accreditation Authority for Translators and Interpreters, verified) español al inglés (National Accreditation Authority for Translators and Interpreters, verified) inglés al español (Chartered Institute of Linguists, verified) francés al español (Estudio Sampere) francés al inglés (National Accreditation Authority for Translators and Interpreters, verified)
italiano al inglés (National Accreditation Authority for Translators and Interpreters)
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Miembro de
Australian Institute of Interpreters &Tr
Software
Adobe Acrobat, Microsoft Excel, Microsoft Word, Pagemaker, Powerpoint, Trados Studio
Me llamo Angelo y mi idioma materno es el castellano. Domino el inglés (llevo más de 25 años viviendo en países de habla inglesa). Me especializo en la traducción jurídica.
Soy abogado (facultado para ejercer la profesión forense en Australia e Inglaterra) y traductor certificado por NAATI (el ente australiano que reglamenta la profesión de traductor e intérprete en Australia www.naati.com.au - profesional n.º CPN7XT63B) del inglés, francés, italiano y portugués al español y también del francés, italiano, portugués y español al inglés.
Poseo más de 20 años de experiencia en la traducción jurídica.
Mis cualificaciones incluyen: licenciatura en Derecho (con matrícula de honor) (2004) por la Universidad Tecnológica de Sídney, y maestrías obtenidas en las instituciones siguientes: Universidad La Sapienza de Roma (Máster en Derecho de Menores) (2007), Universidad de Londres (Máster con mención distinguida en redacción de legislación, regulación y políticas) (2019) y de la Universidad Complutense de Madrid (2020) (Máster en Derecho Parlamentario, Elecciones y Estudios Legislativos). También obtuve el Diploma de posgrado en Traducción e Interpretación de la Universisdad de Nueva Gales del Sur (2023).
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