specify the offenses in writing
Explanation: In their Diccionario de términos jurídicos, Alcaraz-Varó and Hughes list the following under the calificar entry: “...calificación del delito (indictment; charge sheet, specification of charges, particulars of offence) ...calificar los hechos delictivos (specify the offences, bring specific charges)...”. Source Language Cuando se mande abrir el juicio oral, el Secretario judicial comunicará la causa al Fiscal, o al acusador privado, si versa sobre delito que no pueda ser perseguido de oficio, para que en el termino de cinco días califiquen por escrito los hechos.... Target Language Once the case is bound over for trial, the Court Clerk shall give notice to the Prosecutor, or the Private Prosecutor, if the crime cannot be prosecuted by the Prosecutor’s Office, in order to specify the offenses in writing within five days. /in order to bring specific charges ... /in order to charge the offenses. Dependeing on the TL audience, you may substitute “in writing” with “in an indictment,” “in an information,” “in a charging document,” or “in an accusatory instrument.” Ley de Enjuiciamiento Criminal de España (emphasis added) LIBRO III. DEL JUICIO ORAL TÍTULO PRIMERO. DE LA CALIFICACIÓN DEL DELITO Artículo 649. Cuando se mande abrir el juicio oral, se comunicará la causa al Fiscal, o al acusador privado si versa sobre delito que no pueda ser perseguido de oficio, para que en el término de cinco días califiquen por escrito los hechos. Dictada que sea esta resolución, serán públicos todos los actos del proceso. Artículo 650. El escrito de calificación se limitará a determinar en conclusiones precisas y numeradas: 1. Los hechos punibles que resulten del sumario. 2. La calificación legal de los mismos hechos, determinando el delito que constituyan. 3. La participación que en ellos hubieren tenido el procesado o procesados, si fueren varios. 4. Los hechos que resulten del sumario y que constituyan circunstancias atenuantes o agravantes del delito o eximentes de responsabilidad criminal. 5. Las penas en que hayan incurrido el procesado o procesados, si fueren varios, por razón de su respectiva participación en el delito. El acusador privado en su caso, y el Ministerio fiscal cuando sostenga la acción civil, expresarán además: 1. La cantidad en que aprecien los daños y perjuicios causados por el delito, o la cosa que haya de ser restituida. 2. La persona o personas que aparezcan responsables de los daños y perjuicios o de la restitución de la cosa, y el hecho en virtud del cual hubieren contraído esta responsabilidad. Artículo 651. Devuelta la causa por el Fiscal, se pasará por igual término y con el mismo objeto al acusador particular, si lo hubiere, quien presentará el escrito de calificación, firmado por su Abogado y Procurador en la forma anteriormente indicada. Si hubiere actor civil, se le pasará la causa en cuanto sea devuelta por el Fiscal o acusador particular para que a su vez, en un término igual al fijado en los artículos anteriores y con idéntica formalidad, presente conclusiones numeradas acerca de los dos últimos puntos del artículo precedente. Artículo 652. Seguidamente se comunicará la causa a los procesados y a las terceras personas civilmente responsables, para que en igual término y por su orden manifiesten también, por conclusiones numeradas y correlativas a las de la calificación que a ellos se refiera, si están o no conformes con cada una, o en otro caso consignen los puntos de divergencia. Se les habilitará al efecto de Abogado y Procurador, si no los tuviesen.
| Sandro Tomasi Local time: 11:22 Specializes in field Native speaker of: English, Spanish PRO pts in category: 558
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